Canal de denuncia

El Canal de Denuncias está dedicado exclusivamente para dirigir denuncias por incumplimientos legales de la organización o sus integrantes, en los términos y condiciones de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

La Fundación Canónica para la Educación Arzobispo Rodríguez Plaza ha instaurado un canal de denuncias mediante el cual se permite a cualquier persona relacionada con la Fundación y los centros educativos que la componen que pueda informar al órgano de cumplimiento de la misma de:

  1. Cualquier hecho, indicio, irregularidad, riesgo o conocimiento de posibles delitos y/o incumplimientos normativos en el ámbito y operatividad, así como cualquier acción contraria a las políticas, protocolos, procedimientos y códigos internos instaurados en materia de cumplimiento normativo.
  2. Cualquier indicio, sospecha o evidencia de comportamiento no ético, discriminatorio, contrario a la igualdad de las personas y posible acoso laboral y/o sexual.
  3. Cualquier operación sospechosa, incidencia o riesgo en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, fraude, corrupción o existencia de conflictos de interés.
  4. Todas otras acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave o cualquier vulneración del resto del ordenamiento jurídico.

Las personas que integran la Comunidad Educativa podrán realizar la comunicación mediante los siguientes cauces:

Correo postal, a la siguiente dirección postal:

Fundación Arzobispo Rodríguez Plaza – Canal Ético

Avda. Europa, 12 45003 – TOLEDO

Email, a la siguiente dirección de correo electrónico: 

canaletico@diocesanostoledo.es

Formulario inserto en las webs tanto de la Fundación como de los centros integrados en ella. 

    En todo caso, se garantizará la confidencialidad e indemnidad del denunciante tal y como se establece por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, de protección de informantes y a lo determinado por el art. 31 bis del CP en materia de cumplimiento normativo, la circular 1/16 de la Fiscalía General del Estado y Jurisprudencia del TS sobre la materia.

    El procedimiento de dicho canal regula la recepción, tratamiento, investigación y resolución de las denuncias recibidas garantizando el derecho a la intimidad, la confidencialidad y, en su caso, el anonimato de los datos personales incluidos en la denuncia. El canal y su gestión se han configurado bajo los principios de protección de la información y cumplimiento de las medidas de protección de datos personales, según la normativa aplicable en esta materia. Además, la Fundación Arzobispo Rodríguez Plaza no podrá tomar represalia alguna, tal y como expresa la normativa, contra quien, de buena fe, y de acuerdo con los parámetros legalmente establecidos, reporte del incumplimiento de aquellas conductas o apariencia de conducta contraria a la Ley y/o normativa interna, salvo en aquellos casos en los que la normativa determine lo contrario. En todo caso, la Fundación Arzobispo Rodríguez Plaza garantiza el respeto del derecho a la presunción de inocencia, defensa, a ser oído y al honor de las personas investigadas y/o afectadas por la comunicación y la información de las acciones u omisiones que se les atribuyen.